Sentencia de Constitucionalidad nº 428/09 de Corte Constitucional, 1 de Julio de 2009
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DECLARA INEXEQUIBLE PARCIALMENTE
- Ley 860, por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones. -- expresión "y su fidelidad de cotización para con el sistema sea al menos del veinte por ciento (20%) del tiempo transcurrido entre el momento en que cumplió veinte (20) años de edad y la fecha de la primera calificación del estado de invalidez" - Artículos : 1.1 1.2
Documentos citados
- Código Sustantivo del Trabajo
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 48, 53, 58, 150
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 2, 13, 40, 46, 48, 53, 58, 93, 241, 242, 366
- Ley 860, por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones. - Artículo 1
- Sentencia de Tutela nº 080/08 de Corte Constitucional, 31 de Enero de 2008