Sentencia de Constitucionalidad nº 168/95 de Corte Constitucional, 20 de Abril de 1995

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Afectaciones


DECLARA EXEQUIBLE

DECLARA INEXEQUIBLE

  • Régimen de la Seguridad Social. (Ley 100 de 1993) -- expresiones "Sin embargo, cuando el tiempo que les hiciere falta fuere igual o inferior a dos (2) años a la entrada en vigencia de la presente ley, el ingreso base para liquidar la pensión será el promedio de lo devengado en los dos (2) últimos años, para los trabajadores del sector privado y de un (1) año para los servidores públicos" - Artículos : 36.inciso 3

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