STS, October 31, 1996

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Dado que al haberse calificado el hecho enjuiciado como constitutivo de un delito de robo con violencia o intimidación del art. 501.5 del Código Penal, con expresa aplicación del último párrafo del citado artículo (por haber hecho uso el delincuente de las armas u otros medios peligrosos que llevase), la pena aplicable será la de prisión menor, "en su grado máximo". Por tanto, para fijar la pena que concretamente deberá imponerse al condenado por este delito, es menester dividir en tres períodos iguales el grado máximo de la pena de prisión menor, que, como es bien sabido, comprende desde la pena de cuatro años, dos meses y un día a la de seis años.

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STS, October 31, 1996

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