STS, 27 de Enero de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ La gravedad de las circunstancias que acompañaron al ya por sí gravísimo delito de agresión sexual que examinamos y la patente peligrosidad del recurrente fueron tenidas en cuenta por el Tribunal de instancia que acordó imponer esta pena accesoria de prohibición de regreso al lugar de los hechos en el que reside la víctima por un periodo de cinco años, tiempo que es posible imponer con arreglo al nuevo Código y que en modo alguno se puede considerar excesivo dadas las circunstancias concurrentes mencionadas, sin que su duración se vea vinculada a la que se hubiese impuesto a la pena principal. ”
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Extracto
STS, 27 de Enero de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 25, 57
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 57, 69, 72, 73, 75, 76, 77, 180, 501
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849