STS, 23 de Diciembre de 1996

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Resumen


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Frases clave


La violación, naturalmente, puede consumir las lesiones producidas por la violencia, siempre y cuando éstas pueden ser abarcadas dentro del contenido de ilicitud que es propio del acceso carnal violento. Como es sabido, en el caso de la consunción ésto depende de si en el caso concreto el disvalor del resultado realmente producido no supera el disvalor del delito más grave. Sin embargo, en el presente caso ello no ocurre, toda vez que las múltiples lesiones producidas a la víctima por los actos violentos del autor del delito tienen por sí mismas una entidad autónoma respecto del delito de violación.

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Extracto


STS, 23 de Diciembre de 1996

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