STS 2348/2001, 12 de Diciembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


El motivo por error de hecho en la valoración de la prueba carece manifiestamente de fundamento, pues la parte no alega ninguna prueba documental, en sentido propio, en el que fundamentarlo.

La alegación de vulneración de la presunción de inocencia no está justificada, pues el Tribunal sentenciador dispuso como prueba relevante de la declaración de la propia víctima o perjudicada, y la analiza razonadamente, conforme a los parámetros reiteradamente establecidos por esta Sala. Así resulta que dicho testimonio no está afectado por ninguna razón espuria que pueda afectar a su credibilidad subjetiva, aparece avalado por elementos objetivos de corroboración y es reiterado, concreto y plenamente convincente, como razona el Tribunal sentenciador.

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Extracto


STS 2348/2001, 12 de Diciembre de 2001

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