STSJ Murcia , December 27, 2001
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“ . En el presente caso, se observa que el R.D. 339/90 regula las infracciones y sanciones en las materias que constituyen su objeto, las clasifica en leves, graves y muy graves, enumera las infracciones graves y muy graves, y por exclusión las leves, y establece las sanciones correspondientes a cada clase de infracciones, así como los criterios para su graduación, excluyendo de su ámbito determinadas infracciones de carácter especial. Por lo tanto hace una descripción genérica de las conductas y sanciones aplicables y deja para la Ordenanza o Reglamento municipal la descripción pormenorizada de las infracciones, la cual, en razón de lo expuesto, no vulnera el principio de tipicidad previsto en el art. 25 de la Constitución. ”
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STSJ Murcia , December 27, 2001
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This document cites
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Article 129
- Constitución Española de 1978 - Articles 24, 25, 31
- Ley de Tasas y Precios Públicos (Ley 8/1989, de 13 de Abril) - Article 24
- Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, de 2 de abril) - Article 25
- Reglamento General de Circulación, para la Aplicación y desarrollo del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero) - Article 93