Orden de 17 de febrero de 1986 por la que se fijan las condiciones que deben cumplir los registros a los que están obligados los fabricantes, vendedores, arrendadores y titulares de talleres de reparaciones de equipos y aparatos radioeléctricos.

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Orden de 17 de febrero de 1986 por la que se fijan las condiciones que deben cumplir los registros a los que están obligados los fabricantes, vendedores, arrendadores y titulares de talleres de reparaciones de equipos y aparatos radioeléctricos.

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