STS, 19 de Diciembre de 2007
Enlazado como:
Frases clave
“ El acuerdo de aprobación definitiva de un Plan de Urbanismo tiene un aspecto de acto administrativo (el acuerdo en sí adoptado por la Comisión, con sus requisitos de procedimiento, de quórum, etc) y otro aspecto de disposición de carácter general (el propio Plan de urbanismo que se aprueba). ”
Extracto
STS, 19 de Diciembre de 2007
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 107, 111
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 149
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 138, 139
- LLEI 2/2002, de 14 de març, d'urbanisme. - Artículo 100
- Ley de Urbanismo de Catalunya (Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de julio) - Artículo 16