STS, 13 de Noviembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


En su tercer motivo de casación la parte recurrente alega que la sentencia de instancia infringe el artículo 88 LS, puesto que en contra de ese precepto impone al promotor unos gastos de urbanización, pese a que aquél ha transmitido ya las fincas sobre las que se construyó, cuyos propietarios se subrogan en los compromisos contraidos anteriormente respecto a la urbanización y la edificación. Este motivo de casación ha de ser desestimado. Una cosa es que los adquirentes de terrenos se subroguen en la posición del anterior titular en orden al cumplimiento de las correspondientes obligaciones urbanísticas y otra muy distinta que el promotor de una urbanización pueda desligarse de los deberes contraidos por la venta de los edificios construidos antes de haber completado la urbanización de los terrenos.

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Extracto


STS, 13 de Noviembre de 2001

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