Reglamento número 18 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de motor en lo que respecta a su protección contra la utilización no autorizada. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio de 1983). Revisión 1. Rectificación 1 a la Serie 01 de Enmiendas que entró en vigor el 24 de noviembre de 1980.
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Reglamento número 18 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de motor en lo que respecta a su protección contra la utilización no autorizada. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio de 1983). Revisión 1. Rectificación 1 a la Serie 01 de Enmiendas que entró en vigor el 24 de noviembre de 1980.
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