STS, 25 de Abril de 1997

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Resumen


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Frases clave


es necesario que la sentencia impugnada haya incurrido en infracción de ley o de doctrina legal, lo que obliga, a que en el escrito de interposición del recurso el recurrente tenga que alegar, de forma expresa y clara, la concreta infracción legal que entiende ha sido cometida por aquélla, como nítidamente exige el artículo 221 (hoy 222) del Texto Articulado de la Ley de Procedimiento Laboral; y que el recurso ha de inadmitirse si se omite una fundamentación suficiente de la infracción legal cometida, pues incluso no basta con afirmar que son aplicables determinados preceptos, cuando están en juego opciones interpretativas diversas que han dado lugar diferentes pronunciamientos jurisprudenciales;

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Extracto


STS, 25 de Abril de 1997

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