STS, 5 de Febrero de 1993

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Resumen


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Frases clave


Habiendo de examinarse si la sentencia impugnada y las de contraste son contradictorias, es obligado decir que en este recurso extraordinario es la efectiva contradicción de sentencias el ámbito propio y esencial del mismo, ya que sólo a partir de la constatación de aquélla cabe proceder a la unificación de la interpretación del derecho y de la legislación aplicables. Tal contradicción se produce no por la mera disparidad de las respectivas fundamentaciones jurídicas de las sentencias sometidas a comparación, sino por la concurrencia de los requisitos exigidos por el artículo 216 de la Ley de Procedimiento Laboral: diferencia en los pronunciamientos judiciales, igualdad sustancial de las pretensiones deducidas y de los hechos en que éstas se fundamentan; identidad en la posición procesal de las partes.

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Extracto


STS, 5 de Febrero de 1993

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