STS, 22 de Mayo de 2000

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Frases clave


Las conclusiones anteriores son coincidentes con las que se derivan de la Directiva Comunitaria 77/187/CEE, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en casos de traspasos de empresa, de centros de actividad o de partes de centros de actividad. Establece esta Directiva en su artículo 1.1 que se aplicará a las transmisiones de empresas, de centros de actividad o de partes de centros de actividad, como consecuencia de una cesión contractual o de una fusión. Mandatos que han sido interpretados por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el mismo sentido que venía haciéndolo esta Sala del Tribunal Supremo.

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Extracto


STS, 22 de Mayo de 2000

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