STS, 19 de Mayo de 1997

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Resumen


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Frases clave


declarando la nulidad del cese del actor, manteniéndole en su puesto de trabajo con carácter interino, con abono de las retribuciones dejadas de percibir, salvo en el caso en que se hubiera cubierto la vacante de forma definitiva o ésta se hubiera amortizado por el procedimiento reglamentario, en cuyo caso la condena se limitará al abono de las cantidades dejadas de percibir hasta la fecha de la cobertura definitiva de la vacante o de su amortización, sin perjuicio del descuento de lo que haya podido percibir el actor en otro empleo si se prueba esta percepción por el organismo demandado.

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Extracto


STS, 19 de Mayo de 1997

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