STS, 1 de Octubre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ . Pero esta es una cuestión meramente hipotética y que queda al margen del problema debatido, pues la actora acepta el carácter fijo discontinuo de su relación y se limita, dentro de esta aceptación, a impugnar el despido. Por otra parte, no puede seguirse la argumentación de la sentencia recurrida cuando, tras reconocer la reiteración del periodo de contratación, señala que "cada contratación anual viene condicionada a condicionamientos varios" que relaciona con "una contratación para obra o servicio determinado con sustantividad propia dentro de la empresa", porque ni se ha probado ninguno de esos condicionamientos, ni la demandante ha sido contratada por la modalidad que se dice, sino mediante contratos eventuales sucesivos en los términos ya examinados, sin concreción de la causa y sin acreditación de ésta. ”
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Extracto
STS, 1 de Octubre de 2001
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Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 3, 12, 15
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 233
- Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, </strong>por el que<strong> se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos. - Artículos 2, 11