STS, 14 de Mayo de 1997

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Frases clave


los administradores de las sociedades mercantiles de capital, aunque se incardinan en el ámbito protector del Régimen General de la Seguridad Social, no tienen derecho a las prestaciones por desempleo. Por ello el actor, en cuanto DIRECCION000de la sociedad Pronin S.L., no puede incluirse en el art. 3-1 de la Ley 31/1984, de 2 de Agosto, de Protección por Desempleo (hoy art. 205-1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio), en relación con el art. 7 tanto de este último Texto como el de la Ley General de la Seguridad Social de 30 de Mayo de 1974; de lo que se desprende que el tiempo que actuó como tal no le otorga derecho alguno a los efectos del Seguro de desempleo.

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Extracto


STS, 14 de Mayo de 1997

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