STS, 20 de Noviembre de 2001

Enlazado como:


Frases clave


El recurrente olvida que en el fundamento primero de la sentencia recurrida se razona la motivación de la conclusión fáctica y que la insuficiencia de hechos probados es apreciación que corresponde a la sala y no al recurrente, quien de sostener que se han omitido datos relevantes, puede intentar su adición o modificación mediante la alegación de motivos fundados en el artículo 205.d) de la Ley de Procedimiento Laboral (sentencia de 18 de marzo de 1996, entre otras).

Extracto


STS, 20 de Noviembre de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento