STS, 14 de Mayo de 2002

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Resumen


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Frases clave


El recurso tiene que ser estimado y la sentencia casada y anulada, por contener una aplicación completamente contraria de las normas legales rectoras de la determinación de la cuantía de los procesos en su relación con el recurso de suplicación, en tesis que no solo han mantenido los recurrentes sino igualmente el Ministerio Fiscal en su preceptivo informe. En efecto, en nuestra normativa procesal la cuantía de un proceso, tanto en la Ley de Enjuiciamiento Civil como en la Ley de Procedimiento Laboral, viene determinada por la cuantía de lo solicitado por los actores en la demanda como expresamente se especifica en el art. 190 de la Ley de Procedimiento Laboral, que está inmediatamente detrás del art. 189 y con la finalidad expresa de determinar la cuantía para los recursos de suplicación

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Extracto


STS, 14 de Mayo de 2002

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