STS, 12 de Noviembre de 1997
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Frases clave
“ Estamos pues ante situaciones distintas, en un caso, se ejercita una acción declarativa con petición de condena, existiendo una conflictividad concreta relativa a un cambio de puesto de trabajo, repetidamente solicitado y no atendido, y en otro, si bien la acción ejercitada también era declarativa, no existía dicha conflictividad actual al no existir ya relación laboral, ni determinase el interés que se persigue con tal petición. ”
Extracto
STS, 12 de Noviembre de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 217, 220, 222