STS, 6 de Julio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Es distinta su posición en el campo de aplicación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pues los agentes de seguros fueron objeto de inclusión específica en el Decreto 806/1973 y, aunque pudiera cuestionarse el alcance de esa inclusión, que quedaba referida a los agentes integrados en el correspondiente Colegio Sindical, a la vista de la colegiación voluntaria que establece el artículo 31 de la Ley 9/1992, ese problema de valorar el alcance de una inclusión normativa anterior no se plantea en el caso de los subagentes. ”
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Extracto
STS, 6 de Julio de 2001
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Documentos citados
- Ley de Mediación en Seguros Privados (Ley 9/1992, de 30 de abril) - Artículos 6, 7, 31
- Ley sobre Contrato de Agencia (Ley 12/1992, de 27 de mayo) - Artículo 1
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 222
- Código Civil - Artículos 1, 2, 6
- Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Datos de Trabajadores en la Seguridad Social (Real Decreto 84/1996, de 26 de enero)