Orden de 4 de septiembre de 1986 por la que se establece umbrales de garantía en la asignación de subvenciones a las Entidades asociativas agrarias y pesqueras, para su participación en la transformación y comercialización de sus producciones.
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Orden de 4 de septiembre de 1986 por la que se establece umbrales de garantía en la asignación de subvenciones a las Entidades asociativas agrarias y pesqueras, para su participación en la transformación y comercialización de sus producciones.
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Documentos citados
- Real Decreto 2155/1985, de 23 de Octubre, sobre agrupaciones de Productores agrarios de Cereales y sus uniones.
- Real Decreto 337/1986, de 10 de Febrero, </strong>por el que<strong> se regula el Procedimiento para el Reconocimiento por el Estado de las Organizaciones de la Pesca y sus asociaciones.
- Real Decreto 459/1986, de 21 de Febrero, </strong>por el que<strong> se regula la Constitucion de agrupaciones de Lupulo y sus uniones.
- Real Decreto 1076/1986, de 2 de Mayo, </strong>por el que<strong> se regula la Constitucion de agrupaciones de Productores de algodon y sus uniones.
- Real Decreto 1462/1986, de 13 de Junio, </strong>por el que<strong> se fomenta la Mejora de las Condiciones de Transformacion y Comercializacion de Productos agrarios y Pesqueros.