Orden de 2 de octubre de 1995 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, regulador del sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración, en lo que afecta a las profesiones de Físico, Geólogo, Químico, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero Naval, Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniero Técnico de Minas e Ingeniero Técnico naval.
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Orden de 2 de octubre de 1995 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, regulador del sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración, en lo que afecta a las profesiones de Físico, Geólogo, Químico, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero Naval, Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniero Técnico de Minas e Ingeniero Técnico naval.
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DEROGADA por
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 38, 44, 71, 84
- Real Decreto 236/1988, de 4 de Marzo, sobre Indemnizaciones por razon del Servicio.
- Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, </strong>por el que<strong> se regula el Sistema general de reconocimiento de los Titulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad económica europea que exigen una formación mínima de tres años de Duracion. - Artículo 1
- Council Directive of 21 December 1988 on a general system for the recognition of higher-education diplomas awarded on completion of professional education and training of at least three years' duration (89/48/EEC)