STSJ Asturias , 27 de Diciembre de 2001
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Frases clave
“ Nada le impedía a la Administración Tributaria seguir el régimen de estimación directa y más si como resultado de la prueba practicada en las actuaciones estima que los valores escriturados y facturados se corresponden con su valor real de mercado. ”
Extracto
STSJ Asturias , 27 de Diciembre de 2001
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio)
- Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre)
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículos 47, 48, 50
- Reglamento General de la Inspección de los Tributos (Real Decreto 939/1986, de 25 de abril)