REAL DECRETO 1732/2007 DE 21 DE DICIEMBRE, SOBRE TRASPASO A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS DE LAS FUNCIONES Y SERVICIOS EN MATERIA EDUCATIVA, DE EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL ENCOMENDADOS AL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA. La Constitución, en el artículo 149.1.17ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia...
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REAL DECRETO 1732/2007 DE 21 DE DICIEMBRE, SOBRE TRASPASO A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS DE LAS FUNCIONES Y SERVICIOS EN MATERIA EDUCATIVA, DE EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL ENCOMENDADOS AL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA. La Constitución, en el artículo 149.1.17ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia...
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 27, 149
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- Ley por la que se regulan las Medidas Fiscales y Administrativas del Nuevo Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía (Ley 21/2001, de 27 de diciembre) - Artículo 16
- Real Decreto 1414/1981, de 3 de Julio, </strong>por el que<strong> se reestructura el Instituto social de la Marina. - Artículo 2
- Real Decreto 1958/1983, de 29 de Junio, </strong>por el que se aprueba<strong>n las Normas de Traspaso de Funciones y Servicios del Estado a la Comunidad autonoma de las Islas baleares y Funcionamiento de la Comision mixta prevista en la Disposicion transitoria cuarta de su estatuto de autonomia. - Artículo 8