REAL DECRETO 1109/1999, de 25 de junio, por el que se prorroga por tres meses el plazo establecido en las disposiciones transitorias segunda y tercera del Real Decreto 2718/1998, de 18 de diciembre, relativo al despacho aduanero de mercancías en los recintos de los propios interesados.

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REAL DECRETO 1109/1999, de 25 de junio, por el que se prorroga por tres meses el plazo establecido en las disposiciones transitorias segunda y tercera del Real Decreto 2718/1998, de 18 de diciembre, relativo al despacho aduanero de mercancías en los recintos de los propios interesados.

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