STS, 8 de Julio de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ Una reiterada doctrina jurisprudencial, excluye, salvo casos excepcionales, las formas imperfectas de realización del delito de tráfico de drogas, dada su naturaleza de delito de peligro abstracto de consumación anticipada, y que basta para conseguir el grado de consumación del delito con la disponibilidad potencial, y que para la posesión de la sustancia no es preciso la posesión material, sino sólo únicamente la puesta a disposición ”
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Extracto
STS, 8 de Julio de 1998
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Represión del Contrabando (Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre) - Artículos 2, 3
- Constitución Española de 1978 - Artículos 2, 24, 117
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 399
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 15, 16, 62, 344, 368, 369
- Código Civil - Artículo 438