STS 1647/2001, October 26, 2001

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la doctrina de esta Sala es en general contraria a admitir la justificación completa o incompleta del delito de tráfico de drogas en razón al estado de necesidad de tipo económico, por entender que el mal que se causa con este delito es muy superior al que pudiera derivarse de la precariedad económica del agente. Por ello se extrema la exigencia de un estado de necesidad actual o inminente, y también la imposibilidad de resolver la situación por otros medios; lo que no sucede en este caso.

el Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, reunida el 19 de octubre de 2001 con el propósito de actualizar el concepto de notoria importancia de las drogas en general y de la cocaína en particular a las circunstancias ahora concurrentes, ha fijado por decisión mayoritaria como límite para la aplicación del apartado 3° del artículo 369 del Código Penal, una cantidad de cocaína superior a la intervenida al acusado en la ocasión de autos.

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