STS, 4 de Marzo de 1997

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Como señala la Sentencia de esta Sala nº 1318/95, de 29 de Diciembre de 1.995 << al constituir los supuestos de "flagrante delito" una limitación al derecho fundamental de inviolabilidad del domicilio, cumplen una función de gran relevancia para determinar la configuración del derecho mismo, función delimitadora que no puede estar vacía de contenido por el hecho de que la propia Constitución no defina la flagrancia, pues si la amplitud de la excepción quedase enteramente a la libre e ilimitada interpretación del legislador o de los Tribunales Ordinarios, el derecho no merecería la calificación de fundamental. La Constitución no surge en una situación de vacío jurídico, por lo que al utilizar como delimitador de un derecho

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 4 de Marzo de 1997

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento