STS 253/2000, 24 de Febrero de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ ) Sobre la autoría de la acusada J.B. es indudable que la Sala se pronuncia en su Fundamento Segundo. Afirma que del delito de tráfico de drogas son autores ambos acusados, y expresa claramente el criterio seguido sobre esta cuestión haciendo ver que la autoría de aquélla se apoya en la tenencia dentro de la vivienda común de instrumentos y efectos empleados para el tráfico de estupefacientes, y en el hecho de haber sido sorprendidos -en plural, es decir ambos acusados- fuera de su domicilio con importante cantidad de droga. Que no se ocupe explícitamente del argumento de ser insuficiente la convivencia para extender la autoría por posesión de drogas de uno solo, es irrelevante porque, como quedó dicho antes, no es preciso contestar todas y cada una de las alegaciones sino resolver la cuestión planteada en términos que expresen el criterio sustentado en la decisión. Aquí existe decisión y se expresa la razón de decidir, que comporta la desestimación del planteamiento defensivo que se dice irresuelto. Los recurrentes no impugnan ese criterio por la vía del artículo 849.1° de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. ”
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Extracto
STS 253/2000, 24 de Febrero de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.1 17.3
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 238.3 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 17, 24, 120
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 120, 238
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 118, 266, 267, 268, 269, 284, 462, 849, 851
- STC 263/1993, 20 de Julio de 1993