STSJ Navarra , November 09, 2001
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“ Partiendo de la improsperabilidad de los motivos anteriores, el presente se halla dirigido a censurar el cálculo efectuado por la Juzgadora "a quo" en su Sentencia, el cual debe ratificarse por esta Sala en base a la correcta y estricta aplicación del artículo 60.2 del Decreto de 22 de junio de 1956. En efecto, el mentado precepto establece que "El salario base de indemnización o renta en los casos en que el trabajador perciba su retribución por unidad de tiempo se determinará con arreglo a las siguientes reglas: 2) Salario base anual de la pensión o renta por Incapacidad Permanente. Se calculará en la forma que a continuación se expresa: ”
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STSJ Navarra , November 09, 2001
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This document cites
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero)
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Articles 97, 191
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- REAL DECRETO 4/1998, DE 9 DE ENERO, SOBRE REVALORIZACION DE LAS PENSIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA 1998.