STS, 10 de Enero de 1995
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Frases clave
“ La privación de libertad de que fueron víctimas Doñ Doloresy su hijo Clementeexcede notoriamente de la que pudiéramos considerar inherente al robo con violencia o intimidación, de modo que, de acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, es preciso reconocer que la calificación de los hechos objeto de la presente causa aceptada por el Tribunal de instancia ("robo con rehenes" del art. 501.4° del C.P.) es la jurídicamente adecuada en cuanto se ha privado de su libertad ambulatoria a unas personas distintas de los infractores por un tiempo que excedió notoriamente del normal o característico de la dinámica comisiva del robo con violencia e intimidación y con el fin primordial de facilitar su ejecución ”
Extracto
STS, 10 de Enero de 1995
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 117
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 118, 520, 733, 741, 788, 789, 849, 851, 884
- Código Penal (Decreto 3096/1973, de 14 de septiembre)
- Reglamento de armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero)