STS, 20 de Diciembre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ los hechos que la resolución recurrida declara probados, aun incluyendo entre ellos los que de tal carácter se consignan en los razonamientos jurídicos que contiene, son deslabazados y sintéticos en cuanto a la perfilación de los requisitos integrantes de la figura punible reprimida en el artículo 344 del Código penal, no por ello dejan de ser suficientes para concluir que contienen tanto el elemento objetivo, que lo constituye la tenencia de droga tóxica, como el subjetivo, o tendencial, de destinarla al tráfico ilícito no obstante ser la cantidad incautada de 0'4 gramos de heroína, que eran los restos que quedaban en los utensilios empleados en el peso, "corte" y distribución en papelinas de una cantidad mayor de que aquellos procedían ”
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Extracto
STS, 20 de Diciembre de 1996
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