STS 456/1999, 23 de Marzo de 1999

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Frases clave


No nos hallamos ante la figura agravada de atentado del art. 232.1ª, que requiere agresión con armas, pues, como bien dice la sentencia recurrida, no cabe hablar de agresión cuando se trata de mera intimidación sin acometimiento físico.

Extracto


STS 456/1999, 23 de Marzo de 1999

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