STS, 30 de Enero de 2002
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Frases clave
“ En la actualidad, la cuestión cobraría otra perspectiva, desde el momento en que el artículo 45.3 de la nueva LJCA, 29/1998, de 13 de julio, establece que el órgano jurisdiccional de instancia ha de examinar de oficio la concurrencia -entre otros- de los requisitos precisos para la validez de la comparecencia en juicio de las personas jurídicas y, en el caso de que falten los documentos correspondientes, ha de requerir inmediatamente la subsanación, en el plazo de 10 días. ”
Extracto
STS, 30 de Enero de 2002
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 693
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 45, 57, 82, 95, 102
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 243
- Ley de Iniciativa Legislativa Popular de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Ley 7/1985, de 26 de Noviembre)