STS, 14 de Junio de 2001

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Resumen


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Frases clave


Se impugna la tasación de costas practicada a instancia del defensor técnico de RTVE. Se alega, en primer lugar, que el importe consignado no se encuentra fundamentado ni motivado de acuerdo con una referencia a la normativa que se haya aplicado y que tampoco alude a la cuantía real del pleito que ha servido de pauta para determinar el importe de la minuta, ni a los factores que la han determinado. Interesa, sin embargo, señalar que el artículo 423 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al regular el contenido de las minutas, no exige su fundamentación cuantitativa en norma alguna, ni que aparezca referida a la cuantía del pleito, sino simplemente que expresen detalladamente las partidas que las integran en relación con los honorarios devengados en el pleito de que se trate.

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Extracto


STS, 14 de Junio de 2001

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