ATS, 13 de Octubre de 1999

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Resumen


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Frases clave


De acuerdo con los criterios de valoración usuales, según reiteradas declaraciones de esta Sala, a los efectos de la determinación de honorarios de abogado, en consideración a la naturaleza orientativa de las normas colegiales sobre los mismos y ponderando las circunstancias concurrentes acerca del grado de complejidad del asunto, y trabajo realizado, se estima razonable, fijarlas en la cantidad de cuatrocientas setenta y cinco mil pesetas (475.000 Pts.) mas el I.V.A. correspondiente, sin que haya motivo suficiente para hacer expresa imposición de costas.

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Extracto


ATS, 13 de Octubre de 1999

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