STS, May 19, 1998

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Esta Sala Tercera debe recordar que mantiene doctrina reiterada y notoria consistente en afirmar que la bonificación del 90 por 100 de la Tasa de Licencia de obras, a favor de las viviendas de protección oficial, se ha mantenido hasta que ha entrado en vigor la nueva normativa derivada de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, que, en el caso de autos, se produjo en cuanto a la Tasa por Licencias urbanísticas, a partir del 1 de Enero de 1990.

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