STSJ Castilla-La Mancha , 10 de Febrero de 2001
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Frases clave
“ tratándose de un pago aplazado la cantidad a ingresar por el cuarto trimestre de 1.994, los arts. 22 y 57-1 del Reglamento General de Recaudación y 128 de la Ley General Tributaria, junto con el examinado 8-2 del Real Decreto 2.221/84, la falta de ingreso determina la procedencia de la vía de apremio sin lugar a emitir ninguna liquidación, lo que excusa penetrar en el examen de las demás cuestiones o motivos de impugnación planteados en la demanda que son subordinados a la determinación de la regularidad de la vía de apremio, como ya se ha sancionado. ”
Extracto
STSJ Castilla-La Mancha , 10 de Febrero de 2001
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 131
- Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre) - Artículos 22, 57, 99
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículos 22, 57, 128, 138
- STS, 14 de Marzo de 1998
- Real Decreto por el que se regula la Tasa Fiscal que Grava la Autorización o la Organización o Celebración de Juegos de Suerte, Envite o Azar (Real Decreto 2221/1984, de 12 de Diciembre) - Artículo 8