STS, 1 de Junio de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ En los presentes autos, el acto administrativo cuya inmediata ejeucción se cuestiona es una orden de paralización de una iniciada construcción de un edificio, lo que supone la no realización del tal edificación, mientras que el auto aquí impugnado declaró la suspensión de la ejecutividad de tal orden de paralización de la obra, lo que determina la continuación de la obra iniciada, pretendiéndose, pues, aquí y ahora que tal suspensión sea dejada sin efecto, y por ende se de lugar nuevamente a la paralización de tales obras de construcción. Pero, es público y notorio, que tal edificio destinado a Centro Penitenciario ha sido ya construido e inaugurado prestándose en la actualidad allí los servicios propios de esa finalidad penitenciaria. ”
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Extracto
STS, 1 de Junio de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 103
- Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, de 2 de abril) - Artículo 4
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley Orgánica General Penitenciaria (Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881)