Decreto 3851/1964, de 3 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos establecidos a la importación de mineral de plomo, así como del plomo metal y elaborado.
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Decreto 3851/1964, de 3 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos establecidos a la importación de mineral de plomo, así como del plomo metal y elaborado.
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Afectaciones
SUSPENDE PARCIALMENTE
PRORROGADA por
- Decreto 2787/1965, de 20 de septiembre, por el que se prorroga hasta el dia 7 de diciembre próximo la suspensión de aplicación de los derechos establecidos a la importación de mineral de plomo, plomo metal y elaborado que fué dispuesta por Decreto número 3851/1964
- Decreto 3742/1965, de 9 de diciembre, por el que se prorroga hasta el día 7 de marzo próximo la suspensión de aplicación de los derechos establecidos a la importación de mineral de plomo, plomo metal y elaborado, que fué dispuesta por Decreto 3851/1964.
- Decreto 389/1965, de 25 de febrero, por el que se prorroga hasta el dia 7 de junio próximo la suspensión de aplicación de los derechos establecidos a la importación de mineral de plomo, plomo metal y elaborado que fué dispuesta por Decreto 3851/1964.
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