STS 91/2002, 7 de Febrero de 2002
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Frases clave
“ En cuanto al contrato de suministro, calificado como tal, quedó perfeccionado con la concurrencia de consentimiento, objeto y causa y en ejecución del mismo -lo que es atinente a la consumación y no a la perfección- la vendedora puso a disposición de la parte compradora -demandada- la cantidad de 120.000 cintas de vídeo, objeto de aquel contrato quedando mientras tanto a disposición de dicha parte compradora. Por lo cual, aquélla debe tener a disposición de la compradora tales cintas de vídeo y ésta debe cumplir la obligación de pago del precio ”
Extracto
STS 91/2002, 7 de Febrero de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículos : 325 339
- Código Civil - Artículos : 1091 1255
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 267.2
Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículos 325, 339
- Código Civil - Artículos 1091, 1255, 1445
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 3, 4, 359, 523, 1692, 1715