STS, March 20, 1993

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en el caso aquí debatido hubo sucesión empresarial, al continuar la SAL, la misma actividad que la SA., con los mismos medios e instalaciones que está, transmitiendose la titularidad de la explotación del negocio, como lo revela todo el proceso de constitución de la Sociedad Anónima Laboral, ya expuesto, demostrativo de que existió un acuerdo de voluntades entre los Órganos de dirección de la Sociedad Anónima y los trabajadores para salvar la crisis empresarial mediante el procedimiento antes dicho, beneficiándose de las ventajas derivadas de la situación de insolvencia de la Sociedad Anónima y posibilidad de cobrar las indemnizaciones de FOGASA, y aquellas otras de la situación previa de desempleo prestación recibida bajo la modalidad de pago único.

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