STS, 6 de Junio de 1995
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Frases clave
“ el limite de ingresos del articulo 13.1 de la Ley 31/1984 es aplicable para el acceso al subsidio asistencial de los trabajadores mayores de 52 años; y que si los frutos de la indemnización percibida por la extinción del contrato - unidos o no a otros recursos - producen unas rentas superiores l limite legal, falta un requisito necesario para el reconocimiento de la prestación asistencial. ”
Extracto
STS, 6 de Junio de 1995
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Documentos citados
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 221
- Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Proteccion por desempleo, </strong>por la que<strong> se modifica el Titulo ii de la Ley 51/1980, de 8 de Octubre. - Artículo 13
- Real Decreto por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo (Real Decreto 625/1985, de 2 de abril) - Artículo 15