STS, 10 de Julio de 2000

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Frases clave


El único motivo de su recurso, por la vía del art. 1.692.4° LEC, acusa infracción del art. 1.100 en relación con el art. 1.108, ambos del Código civil. Se apoya en que la condena a pagar intereses legales del precio reclamado por la parte actora, impuesta por la sentencia de primera instancia, confirmada en este punto por la Audiencia, desconoce que también aquélla como vendedora había incumplido el contrato, por lo que la recurrente no había incurrido en mora.

Extracto


STS, 10 de Julio de 2000

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