STS, 23 de Julio de 1999
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Resumen
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Frases clave
“ "En definitiva, como declara la sentencia de 27 de enero de 1997 -- en un supuesto análogo de contradicción entre dos sentencias dictadas en suplicación por la misma Sala, también sobre cuestión previa de competencia de jurisdicción -- "no es admisible que en un segundo proceso se pueda desconocer o disminuir de cualquier manera el bien reconocido en la sentencia anterior y que concurre la cosa juzgada si resulta una contradicción manifiesta entre lo que resolvió y lo que de nuevo se pretende" ”
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Extracto
STS, 23 de Julio de 1999
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 2, 3
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículo 8
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 217, 253
- Código Civil - Artículo 1252