STS, 23 de Septiembre de 2002

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Frases clave


La más arriba expuesta es además la tesis que ha imperado de manera uniforme en la praxis de esta Sala. Así cuando la Sentencia de 26 de febrero 1.986 (Sala VI) declaró la naturaleza laboral de la relación entre transportista con vehículo propio y la persona para la que realizaba el transporte, tal conclusión se aplicó a relaciones de transporte constituidas con anterioridad a dicha resolución y que habían sido pactadas como contrato mercantil de transporte".

Extracto


STS, 23 de Septiembre de 2002

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