STS, 4 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La denuncia ordinaria constituye un derecho potestativo del socio que responde a la inadmisibilidad de las vinculaciones perpetuas (S. 17 febrero 1993) y a la oportunidad de facilitar la extinción del vínculo en aquellas sociedades en que destaca el elemento personal de la mutua confianza, cuando ha desaparecido la armonía (SS. 20 junio 1959 y 10 noviembre 1995). La ley solo exige por parte del socio renunciante que lo ponga en conocimiento de los otros, y aunque no especifica la forma, obviamente ha de ser por un medio apto para posibilitar aquel ”
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Extracto
STS, 4 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 117
- Código Civil - Artículos 393, 1108, 1681, 1682, 1689, 1700, 1705, 1706
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 359, 523, 710, 1692