STS, 4 de Junio de 2001

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Frases clave


La denuncia ordinaria constituye un derecho potestativo del socio que responde a la inadmisibilidad de las vinculaciones perpetuas (S. 17 febrero 1993) y a la oportunidad de facilitar la extinción del vínculo en aquellas sociedades en que destaca el elemento personal de la mutua confianza, cuando ha desaparecido la armonía (SS. 20 junio 1959 y 10 noviembre 1995). La ley solo exige por parte del socio renunciante que lo ponga en conocimiento de los otros, y aunque no especifica la forma, obviamente ha de ser por un medio apto para posibilitar aquel

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Extracto


STS, 4 de Junio de 2001

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