STS, 5 de Mayo de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ en el caso presente nos encontramos ante una resolución dictada en apelación por la Audiencia Provincial contra la cual efectivamante cabe recurso de casación, tal y como lo resolvió el citado auto que estimó el recurso de queja 3.080 de 1.994 contra la providencia que en este mismo procedimiento había denegado la preparación del presente recurso: nos hallamos ante un sobreseimiento libre acordado en un Procedimiento Abreviado, en el que la parte querellante había formulado acusación particular, y, además, dictado en un procedimiento en el que, por el contenido de tal acusación ( por uno de los delitos -arts. 535, 528 y 529-7° y 8° del CP anterior- se pedía pena de 8 años de prisión mayor), correspondía conocer del juicio oral, no el Juzgado de lo Penal, sino a la Audiencia Provincial. ”
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Extracto
STS, 5 de Mayo de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo)
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 528, 529, 535
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 240, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 790, 847, 848, 849