STS, 9 de Mayo de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ del Convenio Colectivo impugnado, no viola ninguno de los preceptos convencionales o legales que se denuncian como infringidos. La función que se asigna a las subcomisiones, a tenor literal del precepto paccionado, no exceden de los propios de un órgano subadministrador del convenio, y, su creación se debe, sin duda, como afirma la representación del Estado a la adaptación de "la estructura orgánica de la parte empleadora, es decir de la Administración del Estado, cuya consignación tampoco puede ser condicionada, ni determinada por los actores". ”
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Extracto
STS, 9 de Mayo de 2001
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 218
- Constitución Española de 1978 - Artículos 28, 37
- Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto) - Artículos 2, 8
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 82, 87
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 205, 233